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Intendente de Seguros respalda iniciativa en favor de Bomberos

Texto legal busca hacer efectivo el traspaso a Bomberos del resultado del remate de acciones no reclamadas por los herederos o legatarios de un accionista fallecido, tal como dispone la actual ley de sociedades anónimas.

La Comisión de Bomberos recibió la opinión de las autoridades de la Superintendencia de Valores y Seguros, respecto del proyecto que modifica la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas, en el sentido de perfeccionar los mecanismos que en ella se establecen en beneficio de los Cuerpos de Bomberos de Chile (Boletín 10037).

A la instancia concurrió el Intendente de Seguros, Daniel García, acompañado del Fiscal de Valores, José Antonio Gaspar, y el Jefe de la División Control de Entidades No Aseguradas, Bayardo Goudeau, además, del Presidente de la Junta Nacional de Bomberos, Miguel Reyes.

El intendente García señaló que están de acuerdo con el objetivo de la propuesta legal, “en orden a clarificar las condiciones mediante las cuales (Bomberos) tiene que hacer valer sus derechos de recibir los pagos de dividendos de personas fallecidas no cobradas, que están en el mercado de valores”.

Sin embargo, hizo ver a los legisladores que el proyecto debe estar en concordancia con otros cuerpos legales vigentes en materia de valores.

El texto en trámite modifica la ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas, que entre sus normas dispone que el producto del remate de acciones de accionistas fallecidos cuyos herederos o legatarios no hayan tomado a su nombre dichos títulos, pasará a los Cuerpos de Bomberos de Chile. Igualmente los dividendos y otros beneficios en efectivo no reclamados por los accionistas dentro del plazo de 5 años.

El proyecto busca subsanar vacíos legales de la norma, como es el caso de las acciones o títulos que detentan personas jurídicas a nombre propio pero por cuenta de terceros. Así, se plantea que la información sobre estos terceros sea entregada a la Superintendencia en forma anual en el mes de marzo.

De este modo, los interesados podrán hacer valer sus derechos ante las citadas personas jurídicas en el plazo de un año. Vencido ese plazo, se procederá al remate de las acciones, producto que si no es reclamado en 12 meses pasará de pleno derecho a propiedad de los Cuerpos de Bomberos de Chile.

Al respecto, el Presidente de la Junta Nacional de Bomberos, Miguel Reyes, valoró este proyecto porque tiende a buscar a los destinatarios de recursos que aparecen difusos y que “en virtud de la transparencia deben tener nombre y apellido” para que los herederos reclamen sus derechos y de no existir estos, Bomberos sea el destinatario de los valores.

Añadió que no son recursos inmediatos, pero permitirá en un mediano plazo el ingreso de fondos importantes para las acciones de bomberos, como mejorar su infraestructura.

El diputado José Miguel Ortiz (DC), presidente de la Comisión, recordó que esta normativa en favor de los bomberos fue dictada a mediados de la década de los años 90, pero que es necesario modificarla para acelerar el trámite de adjudicación de los recursos, que hoy se ve obstaculizada por la falta de información.

gentileza; editor@congreso.cl

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